La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) emitió la Norma de Carácter General N° 540, para el funcionamiento operativo del Registro de Deuda Consolidada (REDEC).
La norma considera los comentarios recibidos en el proceso de consulta pública, el cual contó con una importante participación -con más de 580 comentarios- de entidades gremiales, la ciudadanía y de futuras entidades reportantes, cumpliéndose el propósito de promover la claridad y transparencia de la información en el mercado.
El REDEC, como indica la Ley N.º 21.680, centralizará y consolidará la información de deudas de las personas, incluyendo montos, tipos de crédito, plazos y estados de pago.
Este registro será administrado por la CMF, pero su información será proporcionada por distintas entidades reportantes, las cuales tendrán la obligación de cumplir en tiempo y forma un conjunto de exigencias. Para este propósito, se utilizará un Manual del Sistema de Información (MSI REDEC) que tendrá los siguientes componentes:
- Sistema de reportantes: donde las entidades reportantes al REDEC informarán las obligaciones reportables vigentes y podrán rectificarlas según corresponda.
- Sistema de consultas: que representa las bases de datos que la CMF dispondrá a los reportantes y deudores en los términos establecidos en la normativa.
- Sistema de validación y gestión: donde reportantes al REDEC indicarán los alcances de procedimientos relevantes en términos de los registros de obligaciones reportables, la gestión de solicitudes y la gestión de consentimientos.
Los deudores tendrán acceso a sus datos del REDEC, con el detalle de cada deuda vigente y su respectivo acreedor, y también podrán autorizar el acceso a terceros. A su vez, los reportantes tendrán acceso a información del REDEC, procurando velar por la privacidad y la seguridad de la información.