El Servicio de Impuestos Internos (SII) implementó una serie de medidas tributarias especiales para apoyar a contribuyentes ubicados en zonas afectadas por los incendios forestales, especialmente en las regiones de Ñuble y Biobío.
Estas disposiciones, vigentes desde el 19 de enero mediante la Circular N°4 y la Resolución Exenta N°14, buscan aliviar la carga fiscal de quienes han sufrido daños materiales o interrupciones en sus actividades económicas.
Principales medidas anunciadas
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Reconocimiento de gastos: Los gastos asociados a la emergencia, como insumos y equipamiento, podrán ser aceptados como gasto tributario, siempre que cuenten con respaldo adecuado.
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Facilidades para donaciones: Se autorizan sin trámites previos, sin límite global y pueden rebajarse como gasto. Además, las donaciones en especies quedan exentas de IVA.
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Pérdidas de inventario: Se permiten plazos ampliados para informar y acreditar pérdidas mediante medios alternativos (fotografías o informes).
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Condonación de multas e intereses: Aplica a impuestos mensuales no pagados dentro del plazo, como los formularios 29 y 50, siempre que se presenten en línea antes del 28 de febrero de 2026. Esto beneficia a contribuyentes de 16 comunas declaradas en catástrofe.