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CGR ordena regular viviendas fiscales: Servicios públicos y municipios deben fijar plazos máximos de uso

CGR ordena regular viviendas fiscales: Servicios públicos y municipios deben fijar plazos máximos de uso
Contraloría – Referencial.

La Contraloría General de la República ordenó a los servicios públicos y municipalidades regular, mediante normativa interna, la asignación, uso y término de estos bienes.

Plazos máximos y condiciones

El dictamen establece que las jefaturas de servicio y autoridades municipales deben ejercer activamente sus facultades de administración. Esto incluye:

  • Fijar plazos máximos de uso

  • Establecer condiciones de mantención y cuidado

  • Definir causales y procedimientos para el término del beneficio

Eso sí, la Contraloría resguardó un punto clave: una vez concedida la vivienda, no puede ser retirada para beneficiar a otro funcionario de mayor jerarquía.

El órgano de control enfatizó que el uso prolongado, indefinido o irregular de estas viviendas afecta el principio de equidad funcionaria y la correcta administración del patrimonio público. Se trata de bienes escasos destinados a un fin público específico.

Plazo de 60 días hábiles

La Contraloría dispuso que todas las jefaturas deben dictar o actualizar en un máximo de 60 días hábiles los reglamentos, instructivos o protocolos internos que regulen esta materia. Las normas deberán establecer, al menos:

  • Requisitos de postulación y asignación

  • Obligaciones de mantención

  • Mecanismos de control y fiscalización

  • Pago de consumos asociados

  • Causales y procedimientos para poner término al beneficio

Además, tanto la asignación como el término del uso deben formalizarse mediante actos administrativos fundados, conforme a la ley N° 19.880.

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