La Corte de Apelaciones de Valdivia ordenó a la Caja de Compensación La Araucana detener los descuentos aplicados al sueldo de un trabajador. El fallo también instruyó devolver los montos retenidos desde septiembre de 2025.
La resolución se dictó tras un recurso de protección, donde el afectado alegó prescripción de la deuda y vulneración de su derecho de propiedad.
Crédito antiguo y cobro reactivado
El crédito social fue otorgado en noviembre de 2004 por $295.801, pactado en 18 cuotas. Según los antecedentes, solo se pagó una cuota y no hubo gestiones de cobro por más de 20 años.
Pese a ello, la caja reactivó el cobro mediante descuentos por planilla.
Tribunal califica la medida como arbitraria
La Segunda Sala calificó la actuación como arbitraria. Indicó que la facultad de descontar cuotas no puede transformarse en autotutela.
El fallo señaló que cualquier discusión sobre la vigencia de la deuda debe resolverse en tribunales.
Orden y alcance
La Araucana deberá abstenerse de seguir descontando y reintegrar los montos. El tribunal aclaró que la entidad podrá intentar el cobro por vías legales ordinarias.