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Crisis en Carabineros: El decreto que debe sellar la salida de Hermes Soto

Crisis en Carabineros: El decreto que debe sellar la salida de Hermes Soto

El Presidente de la República Sebastián Piñera le pidió la tarde del jueves la renuncia al General Director de Carabineros Hermes Soto, a raíz de los nuevos antecedentes conocidos en el marco del Caso Catrillanca.

Sin embargo, el presidente aseguró, textual, que “hemos iniciado el procedimiento correspondiente”, lo que deja en evidencia que Hermes Soto no presentó su renuncia, y que La Moneda debe cumplir un procedimiento establecido para poder dar curso a la salida del mencionado.

El procedimiento del decreto presidencial se recoge en el artículo 104 de del capítulo XI de la Constitución, que dice que “El presidente de la República, mediante decreto fundado e informando previamente a la Cámara de Diputados y al Senado, podrá llamar a retiro a los Comandantes en Jefe del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea y al General Director de Carabineros, en su caso, antes de completar su respectivo período”.

En resumidas cuentas, el Presidente Sebastián Piñera deberá entregar al Congreso un escrito con las razones fundadas para la destitución de Hermes Soto. Sin embargo, no debe ser votado por las Cámaras. Para ello, el Legislativo convocó a sesión durante esta jornada.

Luego, el decreto pasará a la Contraloría General de la República. Sin embargo, mientras todo lo mencionado no ocurra, Hermes Soto continúa a la cabeza del Alto Mando de Carabineros

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