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Revisa si fuiste designado vocal de mesa reemplazante y cuál es la multa por no presentarse

Revisa si fuiste designado vocal de mesa reemplazante y cuál es la multa por no presentarse
Vocales de mesa

Este sábado 12 de octubre, el Servicio Electoral (Servel) publicó la nómina de vocales de mesa reemplazantes, en el marco de las elecciones municipales y regionales que tendrán lugar el 26 y 27 de octubre de 2024. Esta lista incluye a las personas que cubrirán las vacantes generadas tras la aceptación de excusas presentadas por los vocales designados en primera instancia.

¿Cómo verificar si eres vocal de mesa?

Los ciudadanos pueden ingresar al sitio web del Servel para consultar si serán o no vocales de mesa. Esta designación fue realizada por las Juntas Electorales y es un deber cívico que no puede ser eludido sin una justificación válida.

El pasado 5 de octubre, se dio a conocer la primera lista de vocales de mesa, abriendo un breve plazo para que las personas pudieran excusarse si cumplían con alguna de las causales contempladas por la ley. El periodo de excusas, que se extendió del 7 al 9 de octubre, permitió que quienes estuvieran impedidos de cumplir este rol presentaran su solicitud de manera formal ante la Junta Electoral correspondiente.

Una vez cerrado este plazo, el Servel ha emitido la lista de vocales reemplazantes. Es importante destacar que las personas incluidas en esta nueva nómina no podrán excusarse, lo que garantiza que las mesas receptoras de sufragios estén completamente constituidas para el proceso electoral.

Función y responsabilidades de los vocales de mesa

Los vocales de mesa desempeñan un rol crucial en las elecciones, pues no solo reciben los votos emitidos por los electores, sino que también tienen la responsabilidad de realizar el primer conteo de votos. Según la normativa vigente, cada mesa debe estar compuesta por cinco vocales, quienes deben estar presentes el día previo a las elecciones para la constitución formal de la mesa.

Aquellos ciudadanos designados como vocales tienen la obligación de cumplir con esta función, salvo que se encuentren en alguna de las causales de excusa establecidas por la Ley 18.700, como ser mayores de 70 años, estar físicamente imposibilitados o desempeñar funciones hospitalarias, entre otras.

Finalmente destacamos que quienes resultaron designados y no se presenten pagarán una multa de entre 2 a 8 Unidad Tributaria Mensual (UTM). El monto anterior coresponde a 132 mil a 531 mil pesos aproximadamente.

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