La Corte Suprema ordenó a la senadora Fabiola Campillai eliminar de sus redes sociales todas las publicaciones que puedan afectar la honra del exoficial de Carabineros de Chile, Claudio Crespo.
La decisión se tomó tras acoger un recurso de protección presentado por el aludido, quien es investigado por el Ministerio Público por su presunta responsabilidad en los disparos que causaron la pérdida de visión de Gustavo Gatica.
Un fallo en defensa del derecho al honor
La Tercera Sala del máximo tribunal estableció en su fallo que las publicaciones de Campillai, que vinculan a Crespo con violaciones a los derechos humanos, afectan su derecho al honor y buen nombre.
Según el dictamen, estas publicaciones deben ser eliminadas por constituir una acción de autotutela, es decir, una medida que no cuenta con respaldo judicial previo.
El fallo enfatiza que “se produce una colisión entre dos garantías constitucionales (…) El derecho a la honra y la libertad de expresión“, y que estas deben ser ponderadas adecuadamente.
En este contexto, la Suprema estableció que la libertad de expresión no es absoluta y está limitada por el derecho al buen nombre de las personas cuando las afirmaciones vertidas pueden generar un menoscabo en su imagen pública.
Limitaciones de la libertad de expresión en redes sociales
El dictamen también aborda el impacto de la comunicación en redes sociales y cómo estas pueden afectar la reputación de las personas. “Que aunque la libertad de expresión ha sido fundamental en el imaginario mundo de la comunicación en el ciber espacio, la experiencia ha demostrado que en los entornos de comunicación virtual ella puede entrar en conflicto con otras libertades individuales“, señala la sentencia.
En esa línea, la Suprema concluyó que las declaraciones de Campillai afectan la honra de Crespo al sindicarlo directamente como un violador de derechos humanos sin que exista una sentencia penal firme en su contra. Por ello, ordenó que se retiren las publicaciones de todas sus plataformas digitales.