Agencia Uno.
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Tras analizar la propuesta de texto constitucional emanado del Pleno del Consejo Constitucional el pasado 30 de octubre, la Bancada de Diputados de Renovación Nacional (RN) elaboró un documento donde se entregan 11 razones que fundamentan la decisión de votar a favor del nuevo texto constitucional.

A juicio de los parlamentarios, la propuesta constituye representa “un paso crucial hacia un Chile más estable, justo y seguro”.

Revisa los puntos:

  1. ESTABILIDAD POLÍTICA Y GOBERNABILIDAD. El nuevo texto constitucional diseña un sistema político y sienta las bases de un sistema electoral que procura la gobernabilidad y la racionalidad del diálogo político-legislativo en el Congreso. Mediante diversos mecanismos se busca superar la fragmentación partidista que ha hecho tan compleja la gobernabilidad en los últimos años.
  2. COMBATE FRONTAL A LA CORRUPCIÓN. El texto tiene medidas concretas contra la corrupción y declara a la misma como contraria al bien común, afirmando que su erradicación es una obligación y un deber de todos los órganos del Estado. Así, en el marco de las medidas concretas, se dispone la creación de la Agencia Nacional contra la Corrupción, órgano al que se le encarga coordinar la labor de las entidades estatales con competencia en materias de probidad o integridad pública, transparencia y rendición de cuentas.
  3. MEDIDAS PARA COMBATIR LA MIGRACIÓN IRREGULAR. El texto constitucional determina que los extranjeros que ingresen al territorio nacional de forma clandestina o por pasos no habilitados, serán expulsados en el menor tiempo posible o devueltos a su país de origen. En general, la propuesta, reconociendo los límites del derecho internacional, aborda la temática migratoria e impone acelerar los procesos de expulsión en casos calificados.
  4. FORTALECE LOS DERECHOS LABORALES Y ASUME UNA REGULACIÓN MODERNA DE LOS MISMOS. El nuevo texto aborda el derecho del trabajo desde una perspectiva actual, asegurando el derecho al trabajo decente, esto es, el acceso a condiciones laborales equitativas, a la seguridad y salud en el trabajo, así como a una remuneración justa, al descanso y la desconexión digital. Se establece también de manera expresa que la ley promoverá la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en el ejercicio del derecho al trabajo decente; agregándose la prohibición de cualquier discriminación arbitraria que no se base en la capacidad o idoneidad personal.
  5. ASEGURA PROPIEDAD SOBRE FONDOS PREVISIONALES Y LIBERTAD DE ELECCIÓN. La Constitución reconoce a cada persona la propiedad sobre sus cotizaciones previsionales para la vejez y los ahorros generados por estas, y el derecho a elegir libremente la institución, estatal o privada, que los administre e invierta. El texto constitucional señala que en ningún caso dichos fondos podrán ser expropiados o apropiados por el Estado a través de mecanismo alguno.
  6. ESTA PROPUESTA ES LA PRIMERA EN CONSTITUCIONALIZAR EL DERECHO A LA SEGURIDAD Y DESTINAR NORMAS DE PROTECCIÓN A LAS VÍCTIMAS DE LA DELINCUENCIA. Esta es la primera constitución que asegura el “derecho a vivir en un entorno seguro”. En relación con esto, se establece que es deber del Estado garantizar una protección efectiva de las personas contra la delincuencia, especialmente contra el terrorismo y la violencia criminal organizada. Hay en esta nueva Constitución una concepción de la seguridad que va más allá del orden público y que promueve medidas reforzadas tratándose de formas graves de criminalidad como el terrorismo o el crimen organizado. Hay un capítulo completo destinado a la seguridad pública y a sus agentes, especialmente las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública. Finalmente, y estrechamente relacionado con el ámbito de la seguridad, se dispone la creación de una Defensoría de las Victimas con posibilidad de representación judicial de las mismas en el proceso penal.
  7. PLAN DE SALUD UNIVERSAL Y LIBERTAD DE ELECCIÓN. La Constitución garantiza un plan de salud universal, sin discriminación alguna, promoviendo la atención de salud oportuna y de calidad para todos los chilenos. Este plan universal será ofrecido por instituciones estatales y privadas sin discriminación por edad, sexo o preexistencia médica. Igualmente, cada persona tendrá el derecho a elegir el sistema de salud al que desee acogerse, sea este estatal o privado, despejando con ello el temor de una estatización de la salud.
  8. SE RECONOCE EL DERECHO PREFERENTE DE LOS PADRES A EDUCAR A SUS HIJOS. La propuesta constitucional señala que las familias, a través de los padres o en su caso de los tutores legales, tienen el derecho preferente y el deber de educar a sus hijos o pupilos, de elegir el tipo de educación y su establecimiento de enseñanza, así como a determinar preferentemente su interés superior. Se dispone igualmente que corresponde al Estado otorgar especial protección al ejercicio de este derecho.
  9. SE FORTALECE EL DERECHO A LA EDUCACIÓN Y EL PROCESO EDUCATIVO DESDE TEMPRANA EDAD HASTA LA EDUCACIÓN SUPERIOR. El texto establece que el Estado deberá garantizar la continuidad del servicio educativo en los establecimientos educacionales, así como también deberá garantizar el derecho de todos los niños y jóvenes a educarse y de estudiar en un ambiente tranquilo y seguro. Se impone desde temprano el deber del Estado de promover la educación parvularia y financiar y coordinar un sistema gratuito de sala cuna. En el otro extremo, la Constitución garantiza el apoyo para acceder a la educación superior, de esta forma, todo joven chileno con mérito y capacidades recibirá el apoyo necesario para su formación personal y profesional.
  10. SE INCORPORAN DERECHOS SOCIALES QUE NO CONTEMPLA LA CONSTITUCIÓN ACTUAL (VIVIENDA Y EXENCIÓN DE CONTRIBUCIONES/ ACCESO AL AGUA/ DERECHOS DEL CONSUMIDOR). La Constitución reconoce el derecho a la vivienda adecuada, con preferencia de acceso a la vivienda propia. Asimismo, la propuesta constitucional señala que el inmueble destinado a la vivienda principal del propietario, sea que la habite solo o con su familia, en su caso, estará exento de toda contribución e impuesto territorial. (2) La Constitución garantiza el acceso al agua y establece que es deber del Estado garantizar este derecho a las generaciones actuales y futuras, así como promover la seguridad hídrica, acorde a criterios de sustentabilidad. La propuesta constitucionaliza el derecho de los consumidores. Establece la propuesta que es deber del Estado y de sus instituciones proteger a los consumidores ante prácticas abusivas y garantizar el ejercicio de sus derechos, de forma individual o colectiva, fomentando la educación, la salud y la seguridad en el consumo de bienes o servicios.
  11. CIERRE DEL PROCESO CONSTITUYENTE Y RETORNO DE LA CERTEZA JURÍDICA. En el marco de la crisis internacional que hoy se vive y atendidas las alarmantes cifras macroeconómicas que dan cuenta de un país que ha perdido su impulso de crecimiento, es fundamental cerrar el episodio político-constitucional y establecer un marco jurídico que brinde certezas y atraiga la inversión. Será muy difícil retomar el tranco firme del crecimiento económico si seguimos en la discusión constitucional y la incertidumbre de condiciones para la inversión que ello conlleva.

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