Javier Torres/Aton Chile
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El Sernac denunció a 25 tiendas de las empresas de telecomunicaciones Movistar, VTR, Claro, WOM y Entel, tras detectar a través de ministros de fe, una serie de incumplimientos a la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores (LPC).

Los hallazgos fueron certificados por funcionarios del servicio durante septiembre de 2017 en diversas tiendas de comercialización de productos relacionados al mercado de telecomunicaciones, principalmente en telefonía celular y sus respectivos planes, en todas las regiones del país.

Las acciones apuntan a nueve locales de Entel y Movistar, tres de WOM y VTR y una en contra de la empresa Claro. Seis de las denuncias corresponden a la Región Metropolitana, tres en las regiones de Tarapacá y Valparaíso, dos en las regiones de Magallanes, Biobío, Maule y Atacama, una en las regiones de Arica y Parinacota, Los Lagos, La Araucanía, Los Ríos y O’Higgins.

Los principales incumplimientos cometidos por los proveedores son limitar la garantía sólo a la reparación o cambio del equipo, y que la garantía del equipo supeditada a evaluación del servicio técnico.

El director nacional del Sernac, Ernesto Muñoz, sostuvo que “el consumidor elige, no la empresa, por ello, es importante recalcar que no existe una obligación legal de pasar por el servicio técnico. Si el consumidor acepta esta alternativa, el plazo de la garantía legal se suspende por el tiempo en que el producto esté siendo analizado. Una vez conocido el problema y el origen de la falla, si no es de su responsabilidad, el consumidor puede elegir cualquiera de las tres opciones de garantía: el cambio, la devolución o la reparación”.

El propósito de las acciones judiciales, es que los tribunales apliquen las multas respectivas por infringir la ley, y de esta forma las empresas modifiquen sus conductas.

El derecho a la garantía legal o el 3×3, significa que los consumidores durante los primeros 3 meses desde la compra del producto, pueden elegir entre tres alternativas: el cambio, la devolución o la reparación, en caso que el producto presente fallas o no sea apto para su uso. El consumidor elige, no la empresa.

Para ejercer este derecho es fundamental comprar productos en el comercio establecido, y los consumidores pueden acudir directamente a la empresa que les vendió el producto presentando la boleta, factura u otro medio que acredite la compra.

Las empresas no pueden poner barreras al ejercicio del derecho a garantía, como por ejemplo, condicionarlo a efectuarse en otros lugares o en condiciones menos cómodas para el consumidor que las que se le ofreció para efectuar la venta.

Durante el año 2017, a nivel nacional, el Sernac recibió 29.562 reclamos relacionados con problemas para ejercer el derecho a la garantía legal. De ellos, un 51,28% de los casos fue por negarse a efectuar el cambio; un 31,23% por no devolver el dinero; un 14,11% por no efectuar reparación gratuita con la garantía voluntaria, fueron los principales motivos de reclamos

De los casos tramitados y cerrados, un 40,6% fue acogido por la empresa, un 42,9% de los reclamos no fueron acogidos y un 16,5% no hubo respuesta de los proveedores.

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