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El tribunal decidió acoger el recurso de amparo a favor de los ocho formalizados.

Durante dos días, la Segunda Sala de la Corte Suprema recibió los alegatos de la defensa de los ocho detenidos en el marco de la Operación Huracán, quienes están en prisión preventiva mientras enfrentan los cargos de asociación ilícita terrorista, por distintos atentados en la región de La Araucanía, lo que terminó con la decisión de ordenar la liberación de los acusados.

Según consignó La Tercera, los fiscales defendieron su postura de imputar a los acusados por una presunta coordinación para realizar los ataques incendiarios, basados en una interceptación de mensajes de Whatsapp, mientras que agregaron que la medida de prisión preventiva fue solicitada por un juzgado de Garantía.

Por su parte, la defensa sostuvo que no existían pruebas que acreditaran lo argumentado por la defensa y frente a aquello, los magistrados decidieron acoger el recurso de amparo y ordenaron la liberación de los comuneros. 

Esta decisión será informada a los penales de Concepción y Temuco durante la jornada de este jueves, para luego dejar en libertad a Héctor Llaitul, Ernesto Llaitul, Jaime Henchullán, Rodrigo Huenchullán, Fidel Tranamil, Martín Curiche, David Cid y Claudio Leiva.

En tanto, según fuentes citadas por La Tercera, esta decisión no implica que los comuneros queden libres de la investigación, ya que el Ministerio Público podría solicitar nuevamente la prisión preventiva si se encuentran nuevos antecedentes. 

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