Christian Iglesias/Aton Chile
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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Bernardo condenó a Juan Carlos Poblete Farías, más conocido como el “sanador de Paine”, a la pena efectiva de 10 años de presidio en calidad de autor del delito consumado de violación de una menor, cometido en marzo de 2016 en dicha comuna.

En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Marcela Miranda Cornejo (presidenta), Azeneth Aguilar Navarro y Heber Rocco Martínez (redactor) también aplicó a Poblete Farías las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos, oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante el tiempo de la condena.

Además, Poblete Farías quedó sujeto a las penas accesorias especiales de vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal y la inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad.

Una vez ejecutoriado el fallo, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

El fallo dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en fecha no determinada de marzo de 2016, la víctima, que aún no cumplía los 14 años, se encontraba en su domicilio en la comuna de Paine, en compañía de su grupo familiar, participando de un ritual dirigido por el acusado, Juan Carlos Poblete Farías, para sacarle los males del cuerpo que según él la aquejaban.

Con tal fin, la trasladó a una de las habitaciones del inmueble donde llevó a cabo diversos actos de connotación sexual y donde, además, concretó la violación.

En la causa, el tribunal absolvió a Poblete Farías de la acusación que lo sindicaba como autor de nueve delitos de abuso sexual agravado, abuso sexual de mayor de 14 años y violación de mayor de 14 años.

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