CRISTOBAL ESCOBAR/AGENCIAUNO
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Con el propósito de fortalecer el sistema de protección social de nuestro país y ayudar a quienes más lo necesita, comenzó a regir el seguro obligatorio y de carácter solidario del que podrán gozar los padres y madres que hagan uso de la Ley Sanna, promulgada y aprobada en el Gobierno anterior.

Mediante este beneficio, las mamás y papás que son trabajadores, podrán acompañar a sus hijos entre 1 y 18 años, que se encuentren afectados por una condición grave de salud y de alto riesgo vital, podrán hacer uso de una licencia médica hasta por 90, 60 o 45 días según el caso, y de esa manera, puedan acompañarlos, cuidarlos y durante ese tiempo, recibirán una prestación económica que reemplaza total o parcialmente la remuneración financiada por este seguro.

Los padres podrán acompañar a sus hijos e hijas menores afectados por enfermedades catastróficas como el cáncer, trasplante, estado terminal, accidente grave con riesgo de muerte o secuela funcional severa y permanente. Cada una de estas enfermedades se irán sumando de forma gradual, partiendo por el cáncer y sus cuidados paliativos y luego se irán incorporando las demás contingencias.

Si ambos padres son trabajadores podrán hacer uso de la licencia en conjunto o sucesivamente, por día completo o media jornada.

La ley incluye además que si el progenitor hace uso de SANNA, no podrá ser despedido.

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