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La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de nulidad en contra de la sentencia que condenó a Juan Guillermo Murakami Montilla (56) a la pena de 15 años y un día de presidio, como autor del delito de femicidio.

El hecho ocurrió en junio del año 2017, cuando Murakami tomó por el cuello y asfixió a su pareja, María Julisa Sánchez Catrina (40), en la vivienda que ambos habitaban.

El agresor acusó que los celos y una infidelidad de la víctima habrían desencadenado en la agresión hacia la mujer.

La Novena Sala del tribunal de alzada descartó infracción de ley en la sentencia contra el condenado, dictada por el Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago.

El fallo establece que “las argumentaciones de la defensa parten de la base de que existió en la sentencia una equivocada valoración de la prueba que condujo a desechar -a su juicio equivocadamente- la concurrencia de las señaladas atenuantes, cuestión que es completamente ajena a la causal invocada, esto es el error de derecho, lo que presupone la total aceptación de los hechos y consecuentemente el modo como han sido establecidos”.

Finalmente, detalla que “lo anterior es suficiente para desechar el recurso, por cuanto ante la presencia de una sola atenuante, los sentenciadores no impusieron la sanción privativa de la ley en el máximo de los grados establecidos por la ley para el delito, sino en el mínimo, dando de este modo debida aplicación a lo establecido en el artículo 68, inciso segundo, del Código Penal”.

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