Christian Iglesias/Aton Chile
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La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó lo resuelto por el Consejo para la Transparencia (Cplt) y ordenó a la Agencia Nacional de Inteligencia (ANI) entregar diversos antecedentes vinculados a bases de datos personales que maneja dicho organismo, así como su uso y tratamiento.

Cabe mencionar que el Cplt había ordenado a la ANI el año pasado la entrega de un conjunto de antecedentes y registros relacionados con bases de datos en manos de dicho organismo, estableciendo que no resultan aplicables las reglas de secreto o reserva por afectación de la seguridad nacional en información que no corresponda a informes o estudios asociados a actividades de inteligencia.

Lo anterior a partir del fallo de Tribunales que rechazó el recurso de ilegalidad interpuesto por el Consejo de Defensa del Estado (CDE) en representación de la ANI y que determinó que la entidad debe responder a una solicitud de acceso a la información sobre bases de datos en manos del órgano de inteligencia.

“Necesitamos avanzar en la eliminación de bolsones de secretismo a partir de interpretaciones muy amplias de la ley que norma al sistema de inteligencia. Algo similar ocurre en el caso del artículo 436 del Código de Justicia Militar con las Fuerzas Armadas y Carabineros, lo que obstaculiza el conocimiento de información relevante a la que hoy no se puede acceder porque se dice afectaría a la seguridad nacional y otros bienes jurídicos”, afirmó el titular de Transparencia, Marcelo Drago.

De acuerdo al Cplt, la información fue denegada por el organismo de Inteligencia aludiendo que su publicidad violaría lo dispuesto por la Ley 19.974, que establece el secreto y la circulación restringida, para todos los efectos legales, de los antecedentes, informaciones y registros que obren en poder de los organismos que conforman el sistema de inteligencia o de su personal.

“Nuestra visión se asocia con la necesidad de probar de qué forma se afecta la seguridad de la Nación o el interés nacional y que sea acreditada, no basta sólo con que se presuma o se indique que podría provocar daños”, dijo Drago.

Sin embargo, el amparo Rol C4029-17 será visto ahora por la Corte Suprema, tras interponerse este martes 12 de febrero un recurso de queja por parte del Consejo de Defensa del Estado (CDE) en representación de la ANI, en contra de los ministros Miguel Vásquez Plaza, Javier Moya Cuadra y el abogado integrante Mauricio Decap Fernández, que integrando la Novena Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago ratificaron la decisión del Consejo para la Transparencia presentado por la denegación de registros en poder de la Agencia Nacional de Inteligencia.

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