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La Corte Suprema ordenó a una isapre afiliar a una persona que había presentado un recurso de protección, luego que fuera rechazada por cuatro aseguradoras, las que no la aceptaron por tener dos enfermedades preexistentes: diabetes mellitus tipo 1 y miopía.

En fallo dividido la tercera sala del máximo tribunal consideró la acción de las isapres arbitraria e ilegal al rechazar al recurrente. Dispuso que la isapre Nueva Mas Vida S.A., reincorpore a Ignacio Muñoz como afiliado. Esto luego de la negativa de Consalud, Banmédica y Cruz Blanca.

Según informó El Mercurio el dictamen establece que “nuestro sistema jurídico consagra el derecho de las personas a elegir libremente el sistema de salud público o privado al que desee acogerse“.

La decisión de los ministros Sergio Muñoz, Manuel Antonio Valderrama, Ángela Vivanco y el abogado integrante Pedro Pierry fue adoptada con el voto en contra de la ministra María Eugenia Sandoval.

La ministra Sandoval planteó que la cuestión es determinar si resulta lícito que las isapres nieguen la filiación fundando su negativa en los antecedentes de salud del interesado.

Si bien, sostiene, se le reconoce a la institución de salud la libertad de contratación, tiene la imposibilidad jurídica de efectuar discriminaciones a priori de grupos de personas que no se basen en su estado de salud.

Aton Chile.

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