Ramón Monroy/Aton Chile
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La Corte de Apelaciones de Santiago autorizó la transfusión de sangre de paciente que profesa la denominación cristiana de Testigos de Jehová, internado en el Hospital San José.

En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada acogió la acción cautelar por estar en peligro la vida del recurrido.

(..) ninguna religión, ideología o dogma puede considerarse legítimo si se contrapone con el derecho a la vida, ya que en términos de jerarquización, existen derechos que priman sobre otros. En otras palabras, el derecho a la libertad de conciencia previsto en el artículo 19 N° 6 de la Constitución Política de la República, en cuanto a las creencias religiosas, se encuentra limitada por los derechos fundamentales de los demás y por el derecho a la vida del propio recurrido”, dice el fallo.

Asimismo la resolución sostuvo que “siendo un hecho indiscutido que la vida del recurrido corre peligro, por así determinarlo quienes se encuentran dotados del conocimiento necesario para concluir dicha precariedad en su organismo, no puede estimarse que el derecho a la libertad de conciencia y de profesar un culto, este por sobre su derecho a su vida al extremo de impedir a los facultativos desplegar la labor necesaria para salvar su vida, constriñéndolos a permanecer indolentes frente a su padecimiento”.

Ante esto, la Corte ordenó la transfusión sanguínea y todos los demás tratamientos que el estado de salud del paciente lo requiera.

CH / Aton Chile

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