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Agencia Uno
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La Corte de Apelaciones de Concepción decidió no acoger la apelación por parte de la Fiscalía, por lo que rechazó la petición de decretar la medida cautelar de prisión preventiva contra el tío abuelo de Tomás Bravo, Jorge Escobar, único formalizado por el crimen del menor.

Entre los argumentos que expresó el tribunal de alzada para confirmar la decisión del Juzgado de Garantía de Arauco, fue el compartir la falta de antecedentes expuestos, ya que no fue posible situar al imputado en el tiempo y lugar de los hechos, al menos con la información que existe hasta ahora.

Además, referido a los análisis de muestras tomadas al cuerpo del niño, el juez apuntó que aún no se cuenta con los resultados de estos.

Cabe señalar que durante la audiencia, el Ministerio Público presentó la prueba de un peritaje maxilofacial para recabar antecedentes en línea de un presunto abuso sexual oral, pero aún faltan los análisis de ADN del material genético.

“Dese orden del egreso inmediato al imputado, si es que no estuviese privado de libertad por otra causa”, finalizó el juez.

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