Ley Juan Barrios
Captura.
Comparte

El Presidente de la República, Sebastián Piñera, promulgó este miércoles la nueva ley que incrementa las sanciones penales para los ataques incendiarios contra todo tipo de vehículos motorizados, y que es denominada “Ley Juan Barrios”.

Desde La Moneda, el Mandatario estuvo acompañado del ministro del Interior, Rodrigo Delgado, y los subsecretarios del Interior, Juan Francisco Galli y de Prevención del Delito, María José Gómez.

El nombre de esta nueva ley se debe a un homenaje al camionero que durante la noche del 9 de febrero de 2020 sufrió un ataque incendiario mientras se encontraba durmiendo dentro su camión. Producto de las graves quemaduras, que afectaron el 30% de su cuerpo y dejaron las vías respiratorias comprometidas, Juan Barrios finalmente perdió la vida el 4 de marzo del mismo año.

“El 13 de agosto de 2020 este proyecto de ley que comprometimos con Sandra (Viuda de Juan Barrios) y con todas las víctimas de la violencia y del terrorismo, se integró con una moción (…) y que tuvo el apoyo de muchos parlamentarios”, señaló el Presidente Piñera.

Es por esto que “hoy con la promulgación de la ley estamos dando un importante paso adelante, para poder hacer justicia con Juan y con tantas otras personas que han sufrido las consecuencias del terrorismo y la violencia”, manifestó el Mandatario. Junto con esto, explicó que la ‘Ley Juan Barrios’ “pone término a una impunidad en que quedaba los ataques incendiarios cometidos contra vehículos motorizados y otros porque simplemente no estaban contemplados en nuestro Código Penal que data de 1874″.

“Esta nueva ley lo que hace es aplicar las penas del delito de incendio, que son muy graves, cuando se comentan contra vehículos como camionetas, automóviles o camiones, o instalaciones sanitarias, de almacenamiento o transporte de combustible y también de distribución generación de energía eléctrica”, complementó.

Además, detalló que “la pena del delito de incendio podrá llegar a presidio perpetuo para quienes lo comentan contra vehículos motorizados, camiones o buses, cuando se encuentran en ellas una o más personas y su presencia pueda anticiparse”.

En detalle, se crea un agravante que aumenta en un grado la pena (que puede ir desde 15 años y un día, hasta presidio perpetuo) en el caso de los delitos de incendio cuando este recayera sobre un vehículo motorizado con personas en su interior, y que sean obligadas a descender del mismo para la comisión del ilícito.

Últimas Noticias