Rapa Nui
Agencia Uno.
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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso condenó a D.M.P.L. a la pena de presidio perpetuo, en calidad de autor del delito consumado de secuestro con violación. Ilícito perpetrado en la comuna de Isla de Pascua (Rapa Nui), en enero pasado.

En fallo unánime, el tribunal aplicó, además, al condenado las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos por el tiempo de la vida del penado, más la sujeción a la vigilancia de la autoridad por el máximo legal.

Asimismo, el condenado deberá purgar cuatro años y un día de presidio, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena y la prohibición de acercarse a la víctima y a cualquier lugar donde ella se encuentre, por el lapso de dos años, en calidad de autor del delito consumado de lesiones graves agravadas en contexto de violencia intrafamiliar (VIF).

Finalmente, el tribunal condenó a D.M.P.L. a la pena de 61 días de presidio efectivo y la accesoria legal de suspensión de cargo u oficios públicos durante el tiempo de la condena, como autor del delito consumado y reiterado de amenazas simples en contexto de VIF.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.

Ley Pascua

Al resolver el quantum de las penas a imponer a D.M.P.L., el tribunal desestimó las alegaciones de la defensa, en orden a aplicar en la especie la denominada Ley Pascua (Nº 16.441), que rebaja las penas a miembros de la etnia rapanui por delitos cometidos en el territorio insular, al considerar que dicha norma se encuentra “derogada tácitamente”.

Agencia Uno.

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