
Este jueves la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección presentado por el abogado Mario Vargas en contra del Ministerio Público y el Consejo de Defensa del Estado, con el cual buscaba evitar la revisión del celular del Luis Hermosilla, esto en el marco del Caso Audios.
“Tengo múltiples conversaciones con el abogado Luis Hermosilla desde hace años, las que tienen diverso contenido, y que van desde cuestiones absolutamente personales, intercambio de opiniones, hasta las situaciones de algunos clientes que defendimos de forma conjunta”, argumentaba el abogado en el recurso ahora rechazado.
A juicio de Vargas, estas conversaciones “no tienen relación alguna con los hechos investigados, sino que se insertan dentro mi ámbito privado y el acceso a otras conversaciones importa una infracción al secreto profesional”.
Pese a los argumentos entregados, la Corte determinó que “en fallo dividido, la 7° Sala del tribunal de alzada estableció que el recurso de protección no es la vía idónea para controlar la investigación del Ministerio Público y que el tercero afectado debe recurrir a la tramitación ordinaria de causas penales si se considera afectado por la investigación”.
“Es cierto que la orden dada por el aludido tribunal de garantía dice relación con el delito que se está investigando por el MP –cohecho– y que la transcripción, que alcanzó la enorme cantidad de 770.000 páginas, ha debido hacerse respecto de aquellos mensajes que tienen que ver con la investigación”, se agrega.
“Si en tales conversaciones están aquellas del recurrente, pues estas no deben ni pueden ser objeto de divulgación, salvo que, obviamente, se relacionen con el hecho investigado, mas este tribunal de alzada no puede dirigir la investigación del ente persecutor, que es autónomo, y será esta institución la que cuidará, en su labor investigativa, de no revelar, ni a intervinientes ni a terceros, transcripciones de intercambios de mensajes que nada tienen que ver con las tantas veces mencionada investigación”, señala el fallo.
De la misma maner, se afirma que la Fiscalía “ha contado con las autorizaciones judiciales para incautar el teléfono del señor Hermosilla y “vaciar” su contenido y, hasta ahora, no ha revelado el tenor de las transcripciones, que suman la cantidad de 770.000 páginas, ni las conversaciones del recurrente”.
“Pero, ciertamente, como ya se dijo, no puede esta Corte, por la vía del arbitrio del artículo 20 de la Constitución Política de la República, controlar tal investigación que autónomamente hace el MP, sin perjuicio de lo que pueda decidir el juez de garantía correspondiente, a quien el señor Vargas Cociña puede recurrir para hacer valer sus derechos como tercero”, finaliza.