Ordenan la despublicación de reportajes periodísticos relacionados al caso de Eduardo Macaya, declarado culpable de dos delitos de abuso sexual
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En una resolución sin precedentes, emitida por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Fernando, se ordenó la “despublicación” de artículos de prensa por el caso Macaya, de los diarios La Tercera y La Cuarta. Las publicaciones en cuestión entregaban detalles del caso de Eduardo Macaya Zentilli —padre del senador UDI Javier Macaya—, declarado culpable por dos casos de abuso sexual a menores.

La medida, notificada a los mencionados medios, se debe a que —según detalló el tribunal— “los datos contenidos en la publicación permiten y facilitan la individualización de las víctimas menores de edad”. Esto infringe la Ley Antonia de protección a víctimas de delitos sexuales (vigente desde diciembre de 2022). Esto, tras una solicitud de la Defensoría de la Niñez.

En junio de 2023, Macaya Zentilli fue formalizado y se le impuso la medida de prisión preventiva. Sin embargo, un mes después, la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Rancagua revocó esta medida, permitiéndole continuar bajo arresto domiciliario total tras el pago de una fianza de $150 millones.

En dicha ocasión, para proteger la integridad y privacidad de las víctimas, el tribunal decretó la prohibición de difusión de sus identidades y de los detalles del caso. Además, se restringió el acceso a los medios y al público general a las audiencias.

Ordenan la despublicación de noticias por caso de Eduardo Macaya, quien fue declarado culpable de dos delitos de abuso sexual.
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Despublicación en caso Macaya

Ahora, la “despublicación”, definida por la Real Academia de la Lengua Española como “retirar del acceso público un contenido en un entorno digital”, debe ser cumplida de manera estricta por los medios mencionados en medio del caso Macaya, según lo estipulado en la resolución judicial.

Publicación de La Tercera. El reportaje del matutino, titulado “Expediente Macaya: las desconocidas pruebas del juicio por abusos sexuales en que se condenó al empresario”, es señalado por:

  • El título hace alusión directa a las pruebas incorporadas en el juicio. Dado que se indica una violación a la reserva de la carpeta investigativa.
  • El contenido del reportaje revela antecedentes que, según el tribunal, forman parte del expediente. Por lo tanto, dichos antecedentes están sujetos a reserva judicial.
  • La información divulgada estaba incluida en la carpeta investigativa y fue incorporada durante el juicio.

Publicación en La Cuarta. El artículo titulado “Cuando vi los videos, quedé de una pieza”: las desconocidas pruebas que terminaron por condenar a Eduardo Macaya”, también fue objeto de la resolución por razones similares. De acuerdo al tribunal:

  • El título se refiere explícitamente a las pruebas que sustentaron el veredicto condenatorio, limitándose a aquellas presentadas durante el juicio.

La orden de despublicación se dicta bajo apercibimiento de incurrir en el delito de desacato, sancionado por el artículo 240 del Código de Procedimiento Civil.

Consecuencias legales

Los antecedentes serán enviados a la Fiscalía Local de San Fernando. Y, además, se investigará la participación de los periodistas que publicaron las noticias en La Tercera y La Cuarta. También se investigará a cualquier otra persona que resulte responsable.

Además, se remitió una copia de la investigación a diversos medios, con tacha de antecedentes que pudieran alusir a las víctimas.

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