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Rincón no se quiere quedar fuera:

El diputado de la Democracia Cristiana, Ricardo Rincón, ingresó el 7 de agosto un recurso de reclamación ante el Tribunal Calificador de Elecciones con la finalidad de revertir la decisión de la mesa de su partido de no inscribirlo como candidato debido a la acusación por violencia familiar que se presentó en su contra hace más de 15 años.

En el documento de 30 páginas se parte formulando una denuncia en contra de la presidenta de la DC y actual candidata presidencial, Carolina Goic, y el resto de la mesa por infracción a uno de los artículos de la ley orgánica constitucional de partidos políticos. Además, se incluyen actas y resoluciones de actividades de partido.

Según la información entregada por Emol, el reclama que el 29 de abril, Goic “promovió y sometió a votación un ‘voto político’ cuya ilegalidad ella conocía, destinado a afectar mis derechos políticos y mis derechos de militante, buscando una sanción política en mi contra en virtud de hechos que nuestro Tribunal Supremo, estimó no acreditados, razón por la cual no me habilitó para ejercer mi derecho a postularme a cargos de elección popular”.

Asimismo, pone énfasis en que a su parecer en la junta en que se redactó un voto alternativo se habría caído en un proceso viciado. Aludiendo a la oportunidad en que se aprobó que no se llevaran candidatos involucrados en casos de violencia intrafamiliar.

Por otra parte, indicó que la aspirante a La Moneda “hace del combate a la corrupción y la violencia intrafamiliar el eje de su ofensiva política, pero ello no le autoriza de deslegitimar lo obrado por la junta nacional de la democracia cristiana ni menos a irrespetar la bases de nuestra institucionalidad democrática”.

A su juicio la senadora no estaría respetando la mayoría de la militancia “decidiendo unilateral y arbitrariamente que ‘baja’ o ‘retira’ mi candidatura a diputado”.

Finalmente, Rincón le solicita al TRICEL una serie de medidas entre las que se encuentra que se declare “nula la decisión del órgano intermedio colegiado de delegar en la directiva funciones que le son privativas y no está facultado por ley delegar”.

 

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