Dato Practico

Seguro de Cesantía: quiénes recibirán dos pagos extra de hasta $430 mil cada uno

Seguro de Cesantía: quiénes recibirán dos pagos extra de hasta $430 mil cada uno
Seguro de Cesantía

La AFC confirmó la entrega de un sexto y séptimo giro del Fondo de Cesantía Solidario debido al alto desempleo en Chile. El beneficio es automático, aunque se deben cumplir determinadas condiciones.

La Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) confirmó que un grupo de trabajadores podrá acceder a dos pagos adicionales del Seguro de Cesantía, luego de que la tasa de desempleo nacional alcanzara el 9,8% durante el trimestre julio-septiembre de 2026.

Según explicó el organismo en una publicación del 29 de octubre, la medida permite extender los cinco pagos habituales del Fondo de Cesantía Solidario (FCS) mediante un sexto y séptimo giro, cuyos montos pueden llegar hasta $430.288 cada uno.

El beneficio se entrega automáticamente a quienes cumplan los requisitos, sin necesidad de realizar una nueva solicitud.

¿Quiénes pueden recibir los dos pagos adicionales del Seguro de Cesantía?

De acuerdo con la AFC, los giros adicionales están destinados a las personas que recibieron su quinto y último pago del Fondo de Cesantía Solidario durante septiembre u octubre de 2026.

Para acceder al beneficio, deben cumplir las siguientes condiciones:

  • Continuar cesantes al momento de recibir cada pago.
  • Haber recibido el quinto giro del Fondo de Cesantía Solidario en alguno de los meses señalados.
  • Mantener las condiciones exigidas por el beneficio.
  • Cumplir con las obligaciones de búsqueda de empleo establecidas a través de la Bolsa Nacional de Empleo (BNE).

La medida contempla tanto a extrabajadores con contrato indefinido como a quienes tenían contratos a plazo fijo, por obra o faena, y trabajadores de casa particular.

Importante: los pagos adicionales no corresponden a todas las personas que cobran el Seguro de Cesantía, sino exclusivamente a quienes reciben prestaciones financiadas por el Fondo de Cesantía Solidario.

¿Cuándo se pagan el sexto y séptimo giro?

El calendario depende del mes en que cada beneficiario recibió su quinto pago del seguro.

Según detalló la AFC, las fechas programadas son las siguientes:

  • Quinto pago en septiembre: sexto giro en octubre (ya pagado) y séptimo giro en noviembre de 2026.
  • Quinto pago en octubre: sexto giro en noviembre y séptimo giro en diciembre de 2026.

Por su parte, quienes recibieron el quinto pago en agosto ya tuvieron sus giros adicionales durante septiembre y octubre.

La entrega de cada cuota está condicionada a que el beneficiario continúe sin trabajo y mantenga los requisitos establecidos.

¿Cuánto dinero entregan los pagos adicionales?

Cada giro equivale al 30% de la remuneración imponible promedio considerada para calcular el Seguro de Cesantía, con los límites establecidos por la normativa vigente.

Según las tablas publicadas por AFC, tanto el sexto como el séptimo pago contemplan los siguientes montos:

  • Monto mínimo: $129.085 por giro.
  • Monto máximo: $430.288 por giro.

De esta manera, una persona que reciba ambos pagos por el monto máximo podría obtener hasta $860.576 en total, siempre que cumpla las condiciones correspondientes.

El valor exacto dependerá de las remuneraciones utilizadas para calcular el beneficio.

¿Cómo acceder a los pagos extra del Seguro de Cesantía?

La AFC aclaró que no es necesario postular nuevamente ni presentar una solicitud adicional para recibir los giros extraordinarios.

El beneficio se activa automáticamente para quienes cumplan las condiciones exigidas.

Además, el organismo enviará una notificación mediante correo electrónico a los afiliados que tengan derecho a los pagos.

Por ello, se recomienda mantener actualizados los datos de contacto y revisar el estado de los beneficios a través del sitio oficial de AFC Chile.

La medida está contemplada en el artículo 25 de la Ley N° 19.728, que permite extender los pagos del Fondo de Cesantía Solidario cuando la tasa de desempleo nacional supera en un punto porcentual el promedio registrado durante los cuatro años anteriores.

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