El Servicio de Impuestos Internos (SII) emitió la Resolución 69 que establece un sistema de inscripción y fija un mecanismo para que las plataformas extranjeras de apuestas en línea, sin domicilio ni residencia en Chile, paguen los impuestos correspondientes por las operaciones realizadas en el país.
La resolución está dirigida a prestadores de servicios de apuestas, juegos de azar, casinos y análogos o conexos, operados en línea o a través de plataformas digitales. Se trata de actividades gravadas con IVA.
Obligaciones tributarias
Los prestadores podrán inscribirse en el sistema habilitado por el SII, debiendo sujetarse a las normas e instrucciones vigentes sobre inscripción, registro, declaración y pago del impuesto aplicables a contribuyentes extranjeros que prestan servicios digitales gravados con IVA.
El IVA deberá aplicarse sobre el monto total de contraprestaciones recibidas como remuneración por la prestación de estos servicios, cualquiera sea su naturaleza.
Una vez inscritas, las plataformas que hayan prestado servicios durante los últimos treinta y seis periodos tributarios deberán pagar el IVA correspondiente adeudado, a través del formulario F129 o IVA Digital.
Equidad tributaria
La medida busca fortalecer la equidad tributaria, asegurando que las operaciones realizadas en Chile desde el extranjero declaren y paguen el impuesto respectivo, “evitando que se generen espacios sin control y desigualdad respecto de otros contribuyentes que están cumpliendo con el pago correcto y oportuno de sus impuestos”.
El SII aclaró que la resolución se refiere exclusivamente al cumplimiento de obligaciones tributarias. Las materias vinculadas con la autorización, regulación, fiscalización sectorial o calificación de licitud de estas actividades corresponden a otros organismos competentes.