El 28 de noviembre de 2025 comenzará a regir la Ley 21.659, que obliga al personal de seguridad privada que porte armas no letales o dispositivos eléctricos de control a utilizar cámaras corporales en sus procedimientos.
La normativa fija exigencias estrictas para la grabación, almacenamiento y trazabilidad de las imágenes, que deberán conservarse al menos 120 días.
Según Marcelo Silva, de Hytera Chile, la ley “marca un antes y un después”, exigiendo evidencia protegida y confiable. En tanto, Lino-Alonso Román, de AndesTEC, señala que la correcta implementación mejora la trazabilidad, la gestión de incidentes y el cumplimiento normativo.
El crecimiento del sector —que aumentó un 350% en número de empresas entre 2013 y 2023, según la CNC— está impulsando una renovación tecnológica acelerada.
En el ámbito legal, el académico Víctor Beltrán (UDP) advierte que la cadena de custodia, el manejo de datos personales y la prohibición de manipulación serán aspectos críticos. Las imágenes serán consideradas evidencia formal, y su gestión indebida podría derivar en sanciones.