A partir del 15 de mayo de 2025 comenzará a regir en Chile la nueva Ley de Grabado de Patentes (Ley 21.601), que establece la obligatoriedad de grabar la patente de todos los vehículos motorizados en sus vidrios y espejos laterales. Esta medida tiene como objetivo principal reducir el robo de piezas automotrices, especialmente vidrios y espejos.
Según la normativa, el grabado debe realizarse de manera permanente, utilizando técnicas que generen desgaste sobre la superficie, como arenado, tallado o aplicación de ácido. El formato exigido es legible, en mayúsculas, sin utilizar negrita ni cursiva. El tamaño también está regulado:
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En vidrios, la altura de las letras debe ser de entre 7 y 10 milímetros.
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En espejos laterales, entre 5 y 10 milímetros.
¿A quiénes aplica la ley?
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Vehículos usados: Tienen plazo hasta el 15 de mayo de 2025 para cumplir con el grabado.
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Vehículos nuevos: Desde septiembre de 2024, los automóviles que salgan de concesionarias ya deben venir con las patentes grabadas, por lo que no requerirán trámites adicionales.
Excepciones
Están exentos de esta obligación los vehículos mencionados en el artículo 54 de la Ley de Tránsito, como:
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Vehículos de Carabineros, Policía de Investigaciones y Fuerzas Armadas.
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Vehículos extranjeros en tránsito temporal por el país.
¿Cuántos grabados se deben hacer?
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Mínimo obligatorio: 6 vidrios (laterales, parabrisas y luneta) y los 2 espejos laterales.
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Furgones o buses: Si tienen más vidrios, basta con cumplir el mínimo exigido.
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Motocicletas: Al tener menos superficies, deben grabar la patente en todos sus espejos.
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Taxis y camionetas con patentes pintadas en los costados: Solo deben grabar la patente en los espejos laterales y parabrisas.
La ley busca entregar una herramienta adicional de seguridad tanto para los propietarios como para las autoridades, facilitando la identificación de piezas robadas y disuadiendo delitos relacionados con el robo de vehículos y autopartes.