Código De Aguas
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Comisión Mixta retomará este miércoles la discusión que ha demorado por desencuentros en materia de propiedad.
Este miércoles la Comisión Mixta que discute la Reforma al Código de Aguas se reunirá nuevamente para zanjar puntos pendientes: la protección de las turberas, las aguas del minero y cuáles serán las condiciones en las cuales los derechos de aprovechamiento constituidos previo a la ley estarán afectas a las nuevas disposiciones.

Este último tema -contenido en el artículo 1° transitorio- es el que genera los mayores roces, pues de sus disposiciones finales dependerá la vigencia tanto de los nuevos derechos como de aquellos constituídos previo a la ley.

¿En qué consiste esta medida? De acuerdo al artículo 6° del actual Código de Aguas, los derechos de aprovechamiento de los recursos hídricos previos a la reforma son de carácter indefinido. Pese a ello, la nueva modificación instalada por la Cámara de Diputados establece que éstos ya no solo deberán cumplir con las reglas fijadas para mantener este carácter indefinido, sino también tendrán que ajustarse a la regularización por parte de la Dirección General de Aguas (DGA).

Pero todo dependerá de la discusión parlamentaria, ya que el Senado podría realizar modificaciones que impidan afectaciones a los derechos antiguos o ya constituidos.

Entre las nuevas disposiciones contenidas en la reforma, se brindan mayores facultades fiscalizadoras a la DGA en distintos ejes. Uno de ellos establece que, en caso de que el propietario no haga uso efectivo de los recursos hídricos, los derechos serán extintos. Y por otro lado, se señala que aquellos derechos constituidos que a la fecha de la entrada en vigencia de la ley no estuviesen inscritos en el Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes Raíces, deberán hacerlo dentro de 18 meses. Y en caso de no cumplir, estos caducarán.’Esto genera poca certeza jurídica para los titulares de derechos de aprovechamiento de aguas, puesto que en las nuevas normas que contempla el proyecto de ley para asegurar los usos prioritarios no se estaría reconociendo el carácter de indefinido en el tiempo de sus derechos’, indica Paula Elías Auad, socia de Elías Abogados.

Fuente: DF

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