FRANCISCO CASTILLO D./AGENCIAUNO
Comparte

La Corte Suprema rechazó los recursos de nulidad en contra de la sentencia del Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago que condenó a Juan Flores Riquelme a 8 años de presidio como autor de posesión o tenencia de bomba y daños, y a 15 años de presidio por colocación, activación y detonación de artefacto explosivo de carácter terrorista.

En fallo dividido, la Segunda Sala –integrada por los ministros Milton Juica, Lamberto Cisternas, Andrea Muñoz, Carlos Cerda y Jorge Dahm- descartó infracción de ley en la sentencia que aplicó el carácter terrorista de las conductas atribuidas al condenado. Asimismo, descartó infracción en la determinación de la pena aplicada al imputado. La decisión se adoptó con el voto en contra del ministro Cerda.

Juan Flores Riquelme fue el único condenado por el atentado en la galería comercial Subcentro, en uno de los accesos subterráneos de la estación Escuela Militar del Metro de Santiago. Este último hecho era el más grave de la acusación y ocurrió pasadas las 14:00 horas del 8 de septiembre de 2014, cuando un extintor relleno con pólvora negra explotó en la galería.

El artefacto explosivo había sido colocado en un basurero, ubicado en un pasillo del lugar, y al detonar provocó lesiones de diversa gravedad a diez personas, además de daños acústicos a otros. El caso más conocido fue el de Marta Hernández, trabajadora que resultó con una lesión grave que le ocasionó la amputación de un dedo.

El juicio por el llamado caso Bombas 2, también caso Subcentro, es el tercero más extenso, hasta el momento, de la reforma procesal penal. Comenzó el 24 de marzo de 2017 y terminó el 21 de diciembre. El juicio por el caso Bombas 1 duró siete meses y todos los acusados fueron absueltos.

En este caso, los otros dos acusados, Nataly Casanova y Enrique Guzmán, fueron absueltos.

Últimas Noticias