Dato Practico

¿Abre el comercio este 1 de noviembre? Revisa cómo funcionarán malls y supermercados

¿Abre el comercio este 1 de noviembre? Revisa cómo funcionarán malls y supermercados
Comercio (Agencia Uno).

Este domingo 1 de noviembre será feriado en Chile por el Día de Todos los Santos, una conmemoración en que muchas personas visitan los cementerios para recordar a sus familiares y seres queridos.

La fecha también genera consultas sobre el funcionamiento de supermercados, centros comerciales y otros establecimientos. Sin embargo, el comercio podrá operar con normalidad, ya que el domingo 1 de noviembre no corresponde a un feriado obligatorio e irrenunciable.

La misma condición se aplica al sábado 31 de octubre, cuando se conmemora el Día de las Iglesias Evangélicas y Protestantes. Por lo tanto, ambas jornadas permitirán el funcionamiento habitual de las actividades comerciales.

¿Cómo funcionará el comercio este 1 de noviembre?

Los supermercados y centros comerciales podrán abrir en sus horarios habituales durante el fin de semana. No obstante, algunos establecimientos podrían realizar ajustes específicos en sus jornadas de atención.

Por esta razón, se recomienda revisar los sitios web y canales oficiales de cada recinto antes de planificar una visita.

En el caso de los negocios de menor tamaño, como almacenes, ferias y locales independientes, cada propietario podrá decidir si abre sus puertas o modifica sus horarios durante estas fechas.

De esta manera, el comercio el 1 de noviembre no tendrá las restricciones que establece la normativa para los feriados irrenunciables.

¿Qué derechos tienen los trabajadores durante estos feriados?

Los días 31 de octubre y 1 de noviembre no están incluidos entre los feriados obligatorios e irrenunciables establecidos por la Ley 19.973 para los trabajadores del comercio.

Esto significa que quienes deban cumplir funciones durante ambas jornadas podrán hacerlo. Sin embargo, mantienen el derecho a los descansos compensatorios correspondientes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 38 del Código del Trabajo.

¿Cuáles son los feriados irrenunciables en Chile?

La legislación chilena contempla cinco fechas de descanso obligatorio e irrenunciable para los trabajadores del comercio. Estas son:

  • 1 de enero: Año Nuevo.
  • 1 de mayo: Día Nacional del Trabajo.
  • 18 y 19 de septiembre: Fiestas Patrias.
  • 25 de diciembre: Navidad.

Por lo tanto, el Día de Todos los Santos no forma parte de este grupo de celebraciones.

Quienes necesiten consultar las disposiciones laborales pueden revisar la información disponible en el sitio oficial de la Dirección del Trabajo: https://www.dt.gob.cl/.

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