Perder una vivienda con subsidio habitacional no solo implica quedarse sin techo, sino también enfrentar consecuencias patrimoniales y legales severas. Un reciente caso en Arica lo evidencia: una mujer deberá restituir $50 millones al Estado por no habitar el inmueble adquirido mediante el beneficio.
Según la normativa del Serviu y el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu), los beneficiarios deben cumplir estrictamente con las condiciones de uso y destino habitacional establecidas en el DFL N.º 2 de 1959 y sus reglamentos complementarios.
Entre las principales causas que pueden generar la pérdida del beneficio figuran no habitar personalmente la vivienda, arrendar o vender antes de cinco años, usar el inmueble con fines comerciales, entregar información falsa en la postulación o incumplir los pagos del crédito habitacional.
En estos casos, las autoridades pueden exigir la restitución total o parcial del subsidio, iniciar cobranza judicial e incluso inhabilitar al beneficiario para futuros programas habitacionales.
El abogado Eduardo Lara, del departamento de Asistencia Deudores del estudio jurídico Alfaro y Madariaga, explicó que muchas personas enfrentan dificultades cuando se inician estos procesos. “Cuando el Serviu determina que hubo incumplimiento, las personas muchas veces se ven sobrepasadas por la deuda o desconocen cómo defenderse”, afirmó el especialista.
Alternativas legales y administrativas ante el incumplimiento
Aunque la pérdida del beneficio no siempre es automática, existen alternativas para regularizar la situación. Si el afectado paga o repacta la deuda, o demuestra errores administrativos, puede solicitar una revisión o rehabilitación del caso.
También se pueden utilizar recursos judiciales, como acciones de protección o nulidad de derecho público, en caso de que se vulneren garantías fundamentales durante el procedimiento.