Vocales de mesa
Agencia Uno.
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Queda solo un mes para el Plebiscito de Salida, instancia en que se deberá aprobar o rechazar la propuesta de nueva Constitución para el país.

Bajo ese contexto, el Servicio Electoral de Chile (Servel) publicará el 13 de agosto el listado de los vocales de mesa, quienes salgan elegidos para desempeñar aquel rol el próximo 4 de septiembre, tendrán tres días para presentar sus excusas.

Ese mismo día, se hará público el listado de las mesas receptoras de sufragios y los locales de votación. Además, se recuerda que en esta ocasión el voto tiene carácter de obligatorio.

De esta manera, las personas podrán revisar en el sitio web del Servel sus datos electorales y si fueron designados como vocales de mesa, este trámite se realiza ingresando el rut.

Periodo de excusas para los vocales de mesa designados

Para quienes sean designados como vocales de mesa o miembro del colegio escrutador, desde el 16 al 18 de agosto, podrán presentar sus excusas.

Mientras que el 20 de agosto el Servel publicará la nómina de los vocales reemplazantes para las mesas receptoras de sufragios y miembros de colegios escrutadores.

¿Quiénes se pueden excusar?

El organismo electoral detalló quiénes podrán excusarse para desempeñar este rol en el Plebiscito de Salida el 4 de septiembre.

Se podrán acreditar las correspondientes excusas ante el Delegado del local el día del plebiscito, o ante el Juez de Policía Local si llegaren a ser citados con posterioridad.  

Entre las causales que describe el Servel son:

  • Las personas mayores de 60 años.
  • Las mujeres embarazadas durante todo el periodo de gestación.
  • El padre o la madre de un hijo o hija de menor de dos años al día 4 de septiembre de 2022. 
  • Quienes se desempeñen como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales, con dependencia o discapacidades. 
  • Las que se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (Eleam).  

Quienes no concurran a desempeñar el cargo de vocal de mesa o miembro de colegio escrutador, incurrirán en una infracción electoral que es sancionada con una multa a beneficio municipal, entre 2 a 8 UTM (Unidad Tributaria Menusal).

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