
La Ley de Responsabilidad Extendida del Productor (REP), también conocida como Ley del Reciclaje, representa importantes avances en materia de sostenibilidad y gestión de residuos y lubricantes.
Lo expuesto al considerar las metas de recolección y valorización para los aceites lubricantes usados, uno de los productos prioritarios en esta legislación.
El decreto establece que, de manera gradual, se deberá recolectar y valorizar el 90% de los aceites lubricantes usados en el país.
Según datos del Ministerio de Medio Ambiente, en Chile se generan aproximadamente 126.000 toneladas de estos aceites al año.
De la cifra anterior solo el 47% se trata conforme a la regulación vigente, mientras que el destino del resto es desconocido.
En ese sentido, la aprobación de estas condiciones consolidan el impulso hacia la economía circular del país.
¿Cómo opera la ley?
La norma estipula que, durante el primer año de cumplimiento de las metas, se deberá recolectar y valorizar un 50% de los aceites lubricantes usados.
Lo anterior incrementándose gradualmente hasta alcanzar el 90% a partir del decimosegundo año. Los productores deberán cumplir estas metas organizándose en sistemas de gestión.
Según el Ministerio del Medio Ambiente, La Ley 20.920 tiene como principal instrumento la Responsabilidad Extendida del Productor (REP).
El mecanismo en virtud de que los productores de productos prioritarios son responsables de la organización y financiamiento de la gestión de los residuos derivados de la comercialización de sus productos en el país.
Se trata de un régimen especial a través del cual los productores son responsables de la organización y financiamiento de la gestión de residuos derivados de la comercialización de productos definidos como prioritarios en el mercado nacional, regulados a través de la Ley y decretos supremos desarrollados por el Ministerio del Medio Ambiente.
¿Qué productos?
Los productos prioritarios establecidos a la fecha son neumáticos, envases y embalajes, aceites lubricantes, aparatos eléctricos y electrónicos, pilas y baterías, cuyos productores o importadores deberán cumplir metas de recolección y valorización de sus residuos a través de la conformación de sistemas de gestión, entre otras obligaciones. También se establece un régimen especial para la declaración de diarios periódicos y revistas, los que no están sujetos a metas.