Factop CBP S.A.
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Este jueves, el Consejo de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) decidió cancelar la inscripción de Factop Corredores de Bolsa de Productos en el Registro de Corredores de Bolsas de Productos.

La CMF indicó que Factop CBP S.A. “dejó de cumplir el requisito establecido en la letra e) del artículo 7 de la ley N° 19.220”, este señala que “los corredores deben acreditar” ante la Comisión “el no haber sido sancionados con la expulsión de una bolsa de productos”.

“Mediante Oficio Ordinario N°99.797 de 7 de noviembre de 2023, la CMF representó esta situación a la corredora y le confirió traslado al respecto, es decir, la posibilidad de expresar su posición, previo a la adopción por parte de la Comisión de alguna de las medidas de suspensión o cancelación de su inscripción en el Registro de Corredores de Bolsas de Productos. A la fecha, dicho oficio no ha sido respondido por la corredora“, señala en un comunicado el organismo fiscalizador.

Bajo ese contexto, se resolvió adoptar la medida de cancelación de la inscripción a Factop.

“La corredora no remitió los estados financieros al 30 de septiembre de 2023, ni ha acreditado ante la CMF un patrimonio que le permita operar, manteniéndose la situación que motivó la suspensión decretada a través de Resolución Exenta N°5783 de 10 de agosto de 2023″, explica la Comisión.

STF Capital Corredores de Bolsa SpA

Sobre la situación de STF Capital Corredores de Bolsa SpA, la CMF señaló que la mencionada entidad “interpuso un reclamo de ilegalidad a la sanción de cancelación impuesta” por la Comisión en una resolución del 8 de agosto del presente año.

“Atendido lo anterior, y considerando la gravedad de las infracciones sancionadas, las situaciones detectadas con motivo de la suspensión de STF Capital Corredores de Bolsa SpA y la importancia de resguardar el interés público y la debida protección de los inversionistas, el Consejo de la CMF decidió, mediante la Resolución N° 8551, suspender la totalidad de las actividades de dicha corredora de bolsa por el lapso en que continúe la tramitación del reclamo de ilegalidad antes mencionado”, indican en el documento.

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