La instancia se conformó luego que la Cámara de Diputados rechazara las modificaciones que se habían realizado en el Senado. La comisión está conformada por los senadores Adriana Muñoz (PPD) -que además fue electa como presidenta de la instancia-; Claudio Alvarado(UDI), Alfonso de Urresti (PS), Rodrigo Galilea (RN) y Jorge Pizarro (DC). Por el lado de los diputados participan Gabriel Ascencio (DC), Daniella Cicardini (PPD), Juan Antonio Coloma (UDI), Diego Ibáñez (Convergencia Social) y Luis Pardo (RN).
En su primera sesión, los parlamentarios decidieron que van a iniciar la votación del proyecto el 23 de noviembre.
La abogada socia del estudio Elías Abogados y experta en temas hídricos, Paula Elías, explica que el espíritu de la Comisión Mixta ‘es resolver a la brevedad las diferencias que se suscitaron entre el Senado y la Cámara de Diputados en primer y segundo trámite constitucional’.
Comenta que ‘los parlamentarios entienden que hay alta expectación con el curso de la reforma’, que lleva una década de tramitación en el Congreso, pero que se dejó para un mes más la discusión debido a las elecciones presidenciales y la discusión del presupuesto 2022. Es por esto que se definió una mesa de asesores que ‘debiese contribuir notablemente a acercar posiciones para cuando se retome el trabajo legislativo’,
Las principales controversias se refieren a los plazos para la causal de extinción, la situación de las turberas en la Patagonia, procedimientos relativos a las ‘aguas del minero’ y el régimen que se aplicará a los derechos de agua ya entregados.
Sobre este último punto, el texto aprobado inicialmente por la Cámara señalaba que los derechos de aprovechamiento reconocidos o constituidos antes de la publicación de esta ley ‘seguirán estando vigentes, y podrán sus titulares usar, gozar y disponer de ellos en conformidad con la ley’, luego en la tramitación en el Senado se incorporó el concepto de que éstos ‘mantendrán su carácter de indefinidos en el tiempo’.
Y a juicio de diputados de oposición, lo anterior relativiza el objetivo central de la ley, en cuanto a extinguir el derecho si no se hace uso efectivo del recurso.
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