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Todos los trabajadores del comercio deberán estar fuera de los negocios a más tardar a las 21 horas de este martes, en el marco de los feriados obligatorios e irrenunciables del 18 y 19 de septiembre, informó el subsecretario del Trabajo, Fernando Arab.

“Algunos supermercados ya informaron que cerrarán hoy, a las 19 horas. Así que reiteramos el llamado a respetar el feriado irrenunciable del comercio y organizar las compras con el fin de no ir a última hora a los supermercados o malls, ya que la idea es que todos podamos disfrutar las fiestas, pero con responsabilidad”, señaló Arab

En ese marco, el subsecretario informó que la Dirección del Trabajo fiscalizará su cumplimiento en todo el país, de los feriados que comienzan a las 21 horas del martes 17 y terminan a las 06 horas del viernes 20 septiembre, como también del otorgamiento del descanso cada dos años a los trabajadores exceptuados del feriado.

La autoridad explicó que las fiscalizaciones responderán a denuncias ingresadas en el sitio www.direcciondeltrabajo.cl, en un banner habilitado entre las 18:00 horas del 17 de septiembre y las 14:00 horas del día 19.

Respecto al feriado del 20 de septiembre, el subsecretario Arab explicó que no es feriado obligatorio e irrenunciable, por lo tanto, el comercio puede abrir en horario normal.

¿Quiénes pueden trabajar?

Son considerados trabajadores del comercio todos los que laboran en un establecimiento de tal naturaleza y cuyas funciones se relacionen con el expendio o venta directa al público de las mercaderías o productos.

Se exceptúan los que laboran en clubes y restaurantes; establecimientos de entretenimiento, tales como cines, espectáculos en vivo, discotecas, pub, cabaret; locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos; casinos de juegos y otros lugares de juegos legalmente autorizados; expendio de combustibles, farmacias de urgencia y farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.

También deben trabajar los dependientes de las “tiendas de conveniencia” adosadas a los servicentros si venden alimentos preparados allí mismo.

Como compensación, desde 2016 rige una norma que señala que los trabajadores exceptuados del feriado sí tendrán derecho a tomar descanso a lo menos una vez cada dos años si continúan contratados por el mismo empleador, pudiendo pactar con él la rotación de personal para este fin.

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